Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2007

“En síntesis, las periciales psicológicas de cargo no son “literosuficientes” para demostrar el error “facti” esgrimido. La Audiencia razona extensamente porqué rechaza como pruebas de cargo las cuatro periciales de la acusación, sobre la base del análisis crítico de la metodología y contenido de los informes aportados por otras cuatro peritos psicólogas: lo grabado de las entrevistas y que se visionó en el juicio es un reducido resumen; fueron entrevistas semiestructuradas con preguntas directas y no abiertas; se inducen las respuestas; se amenaza veladamente y se premia cuando contesta lo deseado; se incluyen detalles en las preguntas no mencionados por la menor; no se hicieron constar las posibles hipótesis; los informes psicológicos son parciales e incompletos; están desaconsejadas las pruebas psicológicas sucesivas y a Constanza se la sometió a un número muy elevado de ellas, lo que crea riesgo de sugestión y pierden espontaneidad las respuestas pues “ya saben a lo que van, se lo aprenden y lo repiten”.

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